Registro Nacional de Información de Personas Menores Extraviadas
El Registro se crea en el año 2003 por ley Nº 25.746 y funciona en la órbita del Programa Nacional de Prevención de la Sustracción y Tráfico de Niños y de los Delitos contra su Identidad, dependiente de la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.
Este organismo permite contar con la información centralizada sobre la situación de los niños, niñas y adolescentes extraviados, sustraídos o abandonados en todo el territorio del país. Asimismo pone en marcha los mecanismos del Estado para lograr la aparición de los chicos que faltan de su hogar.
Cómo funciona el Registro?
El programa cuenta con una línea gratuita 0800-122-2442 que funciona las 24 hs. durante los 365 días del año para informar acerca de la desaparición de un niño o para proveer los datos que faciliten su búsqueda.El accionar de los jueces se ve favorecido de esta manera propiciando una eficaz labor de búsqueda, así como la planificación y de acciones preventivas, mediante un trabajo integral de capacitación para evitar este flagelo.
En sentido, se plantea la necesidad de una doble vía de acción:
- Dimensión operativa: en la que se llevan a cabo una serie de acciones tendientes a encontrar a los niña/niño/adolescente, personas en situación de discapacidad / mayores adultos extraviados y brindar ayuda y asistencia a los familiares de los mismos. Es decir, cómo y donde efectuar la denuncia por el extravío del menor (niña/niño/adolescente) / persona en situación de discapacidad / mayor adulto, a las autoridades competentes con el objeto de reducir al máximo posible el tiempo transcurrido entre la denuncia y la toma efectiva de acciones.
- Dimensión preventiva: en la que se realiza una fuerte labor de concientización y difusión de riesgos a través de la Capacitación y Publicidad que se efectúa en Hospitales / Escuelas / Terminales de transporte / Fuerzas de Seguridad / Juzgados de Menores.
Coordinadora Nacional
Prof. Cristina S. Fernández