lunes, 1 de agosto de 2011

Niños Perdidos

Qué hacer cuando un/a niño/a o adolescente se pierde?

fuente:http://www.buenosaires.gov.ar/areas/chicos/qhacer.php
Lo primero que debe hacerse al considerar que un/a niño/a está perdido es dirigirse a la comisaría correspondiente al domicilio o lugar donde se ha perdido o extraviado y realizar la denuncia de búsqueda de paradero. La denuncia puede hacerse en forma inmediata a la pérdida o extravío, no es necesario aguardar 48 hs. para realizarla. Si tuviese alguna respuesta del tipo "se debe esperar 24 hs.", exija siempre que le reciban la denuncia, pues el niño/a podría encontrarse en peligro.
Al día siguiente el denunciante debe presentarse en el Registro de Chicos Perdidos, ubicado en la calle Perú 89, 7º piso, Tel: 4343-4331/32 Int. 17.
El Registro de Publicación y Búsqueda de Chicos Perdidos, conforme a las Leyes Nº 114, 733 y 741, registrará toda denuncia vinculada con la desaparición de un niño, niña o adolescente en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.
El Registro dispone de un Área de personal especializado, técnicos y profesionales que intervendrán en:
  • Disponer o confirmar a través de la Guardia de Abogados del Consejo el trámite de averiguación de paradero ante el C.O.P. (Centro de Orientación de Personas de la Policía Federal) y la Dirección de Registro de Personas Desaparecidas (Pcia. de Bs. As.).
  • Recabar -a través de profesionales especializados- la mayor información entre familiares, amigos, escuela, y otros ámbitos que considere pertinentes, como así también articular acciones de investigación y búsqueda con las Defensorías Zonales del Consejo de manera inmediata.
  • Llevar una Base de Datos actualizada en forma permanente con los datos de los niños/as buscados/as.
  • Remitir periódicamente los datos de los niños/as y sus fotografías a la Secretaría de Comunicación Social, para su exposición en las carteleras de vía pública de la Ciudad, difusión a través de Radio Ciudad, inclusión en el Sitio Web del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Si el caso lo requiere se solicitará a las autoridades nacionales, con la autorización judicial correspondiente, la difusión en medios públicos y privados, gráficos y televisivos, de los datos y fotos de los niños/as buscados.

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