Los Derechos del Niño y su Recepción por la Legislación Argentina
Los Derechos del Niño y su Recepción por la Legislación Argentina
fuente: http://www.menores.gov.ar/index.php?sop=derechos_del_nino&ssop=derechos_legis
Con la firma de la Convención sobre los derechos del niño, se produjo un cambio en la concepción de la infancia como tal. Los niños dejaron de ser objeto de derecho, para pasar a ser verdaderos sujetos de derecho. La Convención sentó una serie de principios que debían ser plasmados en la legislación interna de los países. Fue así que en Diciembre de 2005, se dictó la Ley 26.061 sobre “Protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes”. En su Artículo 1°, señala que tiene por objeto la protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, garantizando el ejercicio y el disfrute pleno, efectivo y permanente de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico nacional y en los tratados internacionales de los que Argentina es parte. Entre otras cuestiones de relevancia, presenta definiciones de conceptos y cuestiones vinculadas con la restitución de menores, como por ejemplo las nociones de “interés superior del niño” y “residencia habitual”. Por interés superior del niño, entiende la máxima satisfacción, integral y simultánea de los derechos y garantías reconocidos por la ley. Asimismo, brinda una calificación autárquica de residencia habitual, entendiendo por tal el centro de vida del niño, aquel lugar donde las niñas, niños y adolescentes hubiesen transcurrido la mayor parte de su existencia, aunque su Decreto reglamentario expresa que la residencia habitual será entendida en el sentido otorgado en los Convenios internacionales de los cuales Argentina es parte. Asimismo, establece que los niños tienen derecho a no ser objeto de secuestros o tráfico para cualquier fin o en cualquier forma, tienen derecho a ser oídos y expresar su opinión en los ámbitos de su vida cotidiana y en los procedimientos que los conciernen, y también el derecho a la identidad, incluido el derecho a la preservación de su origen y de sus relaciones familiares.